El Tribunal de Casación confirmó ayer la condena a 10 años a Diego Ramoa por la muerte de Sofía Puyó, ocurrida el 10 de marzo de 2019 durante un siniestro vial sobre avenida González Lelong y Fortín Yunká de esta capital. Ramoa conducía el vehículo a alta velocidad y con exceso de alcohol en sangre, por lo que fue la causa se caratuló como “homicidio simple con dolo eventual”.

El rechazo de Casación al recurso presentado por la defensa del condenado fue notificado al abogado de la familia Puyó, Jorge Pessolano. De esta manera, el Tribunal “confirma en todas sus partes” la sentencia de las juezas María Laura Viviana Taboada y Lilian Isabel Fernández y el juez Ramón Alberto Sala.

Cabe recordar que en diciembre del año pasado, la Cámara Primera en lo Criminal condenó a Diego Ramoa a 10 años de prisión de cumplimiento efectivo por la muerte de Sofía Elena Puyó, ocasionada cuando el automóvil en el que ella circulaba como acompañante y era conducido por aquél, quedó fuera de control, subió a una vereda e impactó contra un árbol en la avenida González Lelong y Fortín Yunká de esta capital.

El tribunal que llevó adelante el juicio oral y público encuadró la conducta de Ramoa dentro de la figura penal de homicidio simple con dolo eventual, tal como habían solicitado en sus alegatos tanto el fiscal como la familia de la víctima, que se constituyó como parte querellante en el proceso.

Respecto de la autoría de Ramoa, para la Justicia no quedaron dudas acerca de su responsabilidad material en el hecho, no sólo por haber reconocido en el juicio que era el conductor del automóvil Peugeot 2008 que protagonizó la fatal colisión, sino por las numerosas pruebas que se fueron incorporando al proceso (testigos, peritos, filmaciones de cámaras de seguridad, etc).